Vamos a hablar de represión y cárcel, y como siempre que se hace así nos
surgirá la pregunta ¿qué es la cárcel? Algo que no es casual que suceda pues la
respuesta a este interrogante acostumbra a dejarnos con la sensación de que se nos
escapa algo. No sirve de mucho la que proviene de la lógica capitalista, la que dice
que la cárcel es la consecuencia de un proceso racional de desarrollo en el que
subyacen esas ideas del humanismo que dan paso a la justicia positiva. Pero suelen
dejarnos demasiados interrogantes abiertos otras respuestas que tratan de describirla
en clave marxista, en las que reflexiones como si la cárcel es parte de la estructura o
de la superestructura no explican gran cosa, además de dificultar aún más la
comprensión de un fenómeno tan mistificado que su lectura no es fácil.
¿Qué es la cárcel?
Antes de pasar a otros aspectos particulares del debate trataremos de encontrar
una respuesta aceptable a la pregunta:
La que yo puedo dar se fragua a lo largo casi treinta años de mi vida, durante
los cuales reflexiono respecto a ella dentro del absurdo mundo que es la prisión. Vista
desde esta perspectiva la explicación dada por la lógica de los poderes político y
económico (Sistema) resulta indigna de reflexión, entre otras razones porque al verse
sometida una persona al trato brutal y degradante que supone la cárcel, se hace muy
patente lo falso de pretender obtener la mejora personal de nadie mediante crímenes
de lesa humanidad. Pese a lo que digan los más rancios moralistas y penitenciaristas
aquello que se entienda por reinserción social, que de cualquier manera siempre sería
la adaptación a un mundo injusto, no puede lograrse causando a las personas grandes
males. Así se producirá indignación y rabia, cuando no su destrucción durante el
proceso, pero desde luego no los fines que se propone de forma explícita el
tratamiento penitenciario.
Un principio de certeza: la cárcel nunca es aquello que el discurso público
dice de ella que es.
La contradicción entre la realidad jurídico-discursiva y de facto de la cárcel se
resuelve siempre con la cobertura institucional, es decir: con los recursos que el
Sistema pone a disposición de quienes necesitan dar una imagen de ella que no se
asemeje a su realidad. A través de la cultura, los medios de difusión, el ocio, etc. se
intenta hacer creer a la gente que las cárceles son lo que el discurso público dice de
ellas que son, en todos los casos una definición que pueda ser asumida por la
población para que ésta acepte así su existencia. Por ello es un objetivo prioritario del
Sistema ocultar que todo sub-sistema penitenciario es una entidad criminal, y no
puede ser diferente pues para imponer la opresión política y la explotación económica
cualquier Sistema necesitará siempre ejercer un acto de fuerza brutal y devastador.
Una práctica criminal, por tanto, que consolide otro hecho más amplio y también
criminal: que una minoría detente el poder político y posea la riqueza, imponiendo su
voluntad mediante la ley a quienes somos expoliadas de todo. El Estado no puede
reconocer lo dicho como un hecho cierto y mantener al mismo tiempo el discurso de
la legitimidad, así que para dar una imagen aceptable de sí mismo pone en
funcionamiento todos los dispositivos legales y de adoctrinación del Sistema. Afirma
a través de ellos que el crimen no son sus prácticas sino oponerse a ellas, para lo que
ejecuta acciones múltiples y complejas a través de diversas instituciones que se
complementan entre sí en su actuación simultanea, en las que el sub-sistema
penitenciario se encarga de ejercer la coerción sobre las personas que se resisten con
hechos a dejarse engañar. Es observando el proceso adoctrinador en su conjunto
cómo podemos alcanzar una inteligencia muy inquietante, algo que sucede a poco
que pensemos en la definición dada por el Ordenamiento Penitenciario del
tratamiento: “una técnica individualizada, múltiple y compleja”. Que es tanto
como decir que algo demasiado parecido al tratamiento penitenciario no sólo se
aplica a las presas sino también a la población en general.
El Sistema siempre necesita mentir cuando nos dice qué es la prisión, pero hay
un hecho terrible: al hacerlo cuenta con la buena disposición de una gran parte de la
población que, consciente o inconscientemente, necesita ser engañada respecto a una
cosa tan inmoral que se concreta en su nombre. Precisa que le mientan e incluso
exige que se le mienta con cierta eficacia, así que el Sistema utiliza para ello sus
recursos más refinados. Para la tarea en cuestión no le sirven las burdas prácticas de
una propaganda actual que ya no intenta convencer sino que le basta con frivolizar la
palabra, así que cuando se refiere a las cárceles pone en escena todos los medios
tecnológicos con que se ha dotado tras convencer a la gente de otra falsedad: que su
concepto de Progreso proporciona bienestar y libertad, cuando lo cierto es que todo
avance desarrollista siempre ha supuesto más esclavitud para las personas oprimidas.
Esta otra mentira también ha ido calando en las personas, así que aceptado por la
gente que todo desarrollo es benéfico el Sistema consigue vender la falsa conciencia
de la inocencia, y la interesada opinión de que no se es cómplice de los horribles
crímenes que se perpetran en nombre de cada cual cuando reconocen al Sistema.
De ésta forma se hace mucho más difícil desenmascarar la realidad de las
cárceles, saber qué pasa dentro de ellas, o porqué se continúan utilizando cuando su
historia es la del fracaso en la consecución de sus presuntos fines. No resulta fácil y
en ocasiones incluso es algo desesperante, pero a pesar de ello las anarquistas no
dejaremos de insistir en nuestra crítica con la terquedad que nos caracteriza. Lo
seguiremos haciendo hasta lograr que esta lacra de la humanidad desaparezca, pues
sabemos que una de las formas de acelerar el proceso es debilitar los mecanismos del
engaño que permiten a muchas personas seguir diciendo que no saben nada de las
atrocidades que se cometen dentro de ellas. Como decía hace poco tiempo una
compañera que estuvo encarcelada durante muchos años, eso mismo afirmaban las
apacibles vecinas de los campos de exterminio nazis tras su liberación, y es posible
que también se diga cuando la humanidad se avergüence de los crímenes cometidos
ahora mismo en las cárceles. Denunciándolos damos luz a su verdadera realidad, y
también sabemos que estamos diciendo a muchas personas a quienes llegan nuestras
palabras que si en un futuro nos cuentan lo mismo, les responderemos que no
supieron lo que no quisieron saber porque su ignorancia era deliberada.
Consideraciones políticamente incorrectas y por ello ciertas:
La cárcel no tiene ninguna finalidad que esté por encima de someter a las
personas al Sistema de turno. Su objetivo principal siempre es forzar la sumisión a
unas realidades política y económica injustas. Para lograrlo el Sistema crea un
entramado jurídico e institucional a su medida, en el que la cárcel es el instrumento
que se encarga de ejercer la violencia contra toda persona que por dignidad, correcta
conciencia o consecuencia se enfrenta al Sistema con hechos.
Para el Sistema carece de importancia que en este proceso la cárcel degrade a
las personas, también a los carceleros, o que cause la muerte a un elevado porcentaje
de quienes la padecen. Forma parte de su misma lógica.
Siendo ésta una lógica de dominio desarrollada a la par del conjunto de
prácticas violentas que han resultado más eficaces para forzar la sumisión a lo largo
de la historia. Y con arreglo al Ordenamiento Penitenciario del Estado español, la que
da paso a un tratamiento penitenciario cuyo objetivo inconfeso es destruir la
integridad de las personas a quienes se aplica, y en última instancia su vida misma.
Para la máquina de doma y muerte que es la cárcel la persona, cuando toma
posesión de ella, es mera materia prima sobre la que actúa. Carece de ninguna
limitación ética, jurídica o política que pueda desviarla de sus finalidades reales, y
todo el entramado jurídico-legal que podría contradecir esta afirmación es una
construcción ilusoria, siendo la principal función de esta ficción crear una realidad
virtual a la inversa que si en algún momento actúa como se supone que debería de
hacerlo, ésto se debe únicamente a la necesidad que tiene el Sistema de mentir con
eficacia.
Las cárceles durante el post-franquismo
Las cárceles del periodo post-franquista eran viejos caserones en los que se
hacinaban aproximadamente 18.000 personas en unas condiciones de vida
espantosas. Las presas que había en ellas estaban sometidas a toda clase de
brutalidades, pasaban hambre, frío, carecían hasta de lo más elemental, pero las cosas
para ellas estaban bastante claras: quienes estaban encerradas, como siempre las
personas pobres y aquellas que se rebelaban contra la opresión, sabían que tenían
enfrente a unos carceleros atravesados por los principios del Régimen. Solían ser
personajes bestiales que las tenían por completo a su merced, aunque tampoco
faltaban los burócratas eficientes que comenzaron a emerger al amparo de los
gobiernos tecnócratas, más terribles aún si cabe pues se trataba de individuos capaces
de apretar el tornillo del garrote vil con diligencia y no sentir al hacerlo nada más que
la necesidad de servir al Estado con eficacia. Si los primeros representaban al viejo
fascismo vociferante y asesino los otros eran el nuevo fascismo ilustrado y opusiano
del que surgieron los reformistas del Régimen, pero en ambos casos las presas sabían
que no tenían que esperar nada bueno de ellos. Tan solo golpes y humillaciones, que
era la única forma mediante la que tanto unos como otros trataban de romper su
voluntad y pisotear su dignidad para someterlas.
No hay cárcel en el mundo tan hermética cómo para poner frenos al
conocimiento de lo que sucede en el exterior de sus muros, así que las presas que
había en aquellas cárceles se fueron enterando de las cosas que ocurrían entonces en
el país. La muerte del dictador se celebró en ellas con la expectativa de que pronto
habría una amnistía, una idea que reafirmaba lo que iban sabiendo por los periódicos
que les llegaban censurados, las radios clandestinas y los comentarios de las personas
que les visitaban, así que se prestó mucha atención a lo que se decía de procesos que
podían derivar en liberaciones, por lo general políticos, y a todas las noticias que
parecían indicar que pronto se iba a hacer algo respecto a las presas. Se mantuvieron
así durante casi tres años de espera y frustraciones hasta que llegó a parecerles que no
había sucedido nada tras la muerte de Franco, y que todas las expectativas se iban a
quedar en nada, de forma que conforme fueron saliendo las presas políticas cuyos
procesos habían seguido por los medios su malestar fue aumentando. Al aplicarse la
mal llamada amnistía de 1977 que excluyó a las sociales éstas no pudieron aguantar
más, y se produjo entonces su levantamiento al grito de “amnistía y libertad”.
Excede a las pretensiones de esta charla-debate hablar en profundidad de lo
sucedido cuando en el año 1977 se creó la COPEL (Coordinadora de Presos en
Lucha) para responder a la situación descrita, un tema que además ha sido tratado en
numerosas ocasiones y del que hay abundante documentación. Pero si quiero hacer
mención de una circunstancia muy importante de aquella lucha, y es que fue la última
vez en que las presas sociales lucharon de forma colectiva, con medios no admitidos
por el Estado, y en pos de objetivos no reformistas. Exigían amnistía y libertad
subiéndose a los tejados e incendiando las cárceles -algo no demasiado diferente a lo
que sus familiares y vecinas estaban haciendo en las calles- y si al final de ella, muy
castigadas y casi sin fuerzas, hubieron de pedir la reforma del Código Penal, ésto se
debió a las circunstancias mencionadas y al juego de los reformistas del Régimen,
con Cárlos García Valdés a la cabeza de la DGIP (Dirección General de Instituciones
Penitenciarias). Mediante pequeñas concesiones en los momentos más tensos del
conflicto, alternadas con la represión ejercida por carceleros y antidisturbios, este
afable Carcelero Mayor fue trabajando la situación para que las presas se agotaran.
Cuando sucedió así las forzó a conformarse con una petición que llevaba implícito el
reconocimiento del derecho a encarcelar por parte del Estado, y ello supuso el fin de
la lucha pues el Estado alcanzó los fines que realmente perseguía. Muy por encima de
restablecer el orden en las cárceles, o de no conceder las exigencias de las presas
-cuestiones éstas aparentemente prioritarias- lo más importante para el Estado en
aquella situación era lograr que las presas reconocieran el marco jurídico en función
del cual serían encarceladas en el futuro.
Como explicación a lo dicho quiero relatar un episodio no muy conocido de la
lucha de la COPEL que aconteció en la fase final de su represión , y que viene a
esclarecer qué se estaba gestando entonces. Cuando en el año 1979 fueron trasladadas
a la prisión de Ocaña un gran número de las presas participantes en los motines
fueron reunidas en el patio de la cárcel por su director, un energúmeno a quien se
conocía por el sobrenombre de Capitán Veneno. Allí pronunció este sujeto una frase
que podría atribuirse tan sólo a su malabestiez, pero que adelanta qué habrían de ser
las reformas venideras: “un preso es una mierda y mil presos son mil mierdas”.
Aquel viejo fascista venía a significar con aquellas palabras algo más que sus
sentimientos hacia las presas. De alguna manera estaba diciendo también que se
habían acabado los tiempos de la acción colectiva de las presas, de que éstas
planteasen un conflicto en términos políticos, cómo había sucedido con el
levantamiento de la COPEL. En adelante mil presas habrían de ser mil
individualmente pero de ninguna manera un millar, porque el objetivo alcanzado por
el Régimen era que en lo sucesivo la posición humana y política de las presas la
determinaría el Ordenamiento Penitenciario, y en el marco del mismo un
tratamiento penitenciario que se aplicaría sobre sujetos de derecho. Toda esta
terminología legal es hoy de tan difícil comprensión como entonces, pero lo sería
mucho menos si se dijera que la única aspiración que debe de tener el sujeto de
derecho a quien se aplica el tratamiento es aceptarlo como si no se diese cuenta de
que las técnicas aplicadas persiguen su destrucción. Para tratar de evitar que todo el
peso de la coerción recaiga sobre ella la presa no tiene más opción que fingir no darse
cuenta de la nocividad del tratamiento, participando de forma activa en él, pero ni aún
así logrará impedir su propia aniquilación. Acabará siendo desposeída de su
conciencia conforme el tratamiento haga sus efectos despersonalizadores, y por
supuesto se neutralizará así cualquier intento de organización, algo que garantiza
tanto la destrucción de las personas como la viabilidad de las cárceles.
Reformas de ley producidas entre 1979 y 1983
Durante este periodo de tiempo se produjeron importantes modificaciones de
ley. La primera de ellas fue la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una de las principales
leyes penales que indica los pasos a seguir por todo proceso criminal. Tras ella se
aprobó por aclamación en el Congreso la Ley Orgánica General Penitenciaria, que
desarrollada por el Reglamento Penitenciario sustituyó al de Prisiones en 1982. Por
último se produjo en 1983 la reforma parcial del Código Penal, saliendo en libertad
tras su entrada en vigor más de seis mil presas preventivas, principalmente por la
reducción de los plazos de prisión provisional que contemplaba.
Si las primeras leyes que se reformaron dejaron a las presas con la sensación de
que aquello no les había afectado en nada, no sucedió lo mismo con la salida de una
tercera parte del total de las personas encarceladas que se produjo en 1983, algo que a
casi todas ellas les pareció una victoria. Es muy comprensible que entonces se viera
así, pero lo que dejaba fuera aquella visión era la lógica de un Estado que en aquella
cuestión, al igual que en muchas otras, priorizaba su propia renovación. Unas presas
que estaban muy castigadas por las luchas de la COPEL y su represión no pudieron
hacer entonces mucho más que luchar con medios asumibles por el Estado -como
huelgas de hambre y plantes- teniendo por objetivo la reforma del Código Penal, pero
precisamente el resultado de aquella lucha, en unos momentos en los que ya poco
quedaba de las expectativas de amnistía, fue lo que más dificultó el poder hacer una
valoración precisa de ella. Pasaron casi desapercibidos hechos como que se había
pedido algo que ya estaba en los planes de los reformistas del Régimen, o que se hizo
con prácticas que el Estado estaba dispuesto a tolerar temporalmente. Así que aunque
pronto vendrían los tiempos en que el Estado encarceló de nuevo a la casi totalidad de
las personas liberadas, y la criminalización de formas de interlocución que
coyunturalmente habían sido admitidas como válvula de descompresión, entonces ya
era tarde para darse cuenta del alcance de cómo con una presunta concesión el Estado
había garantizado su Mutación.
La Mutación, también llamada Transición, fue una operación de gran calado en
la que era preciso modificar un gran número de leyes, siendo la principal clave táctica
de la reforma legislativa que no se produjeran cambios esenciales de las leyes que
estaban en vigor, y efectuarlos en aquellos momentos en los que las resistencias
sociales podían poner en peligro el proceso mutante. A la par que se hacía el
recambio legal se construyeron nuevas prisiones para sustituir a otras con una media
de edad de cincuenta años, algo que además era muy del agrado de los influyentes
constructores, y con idéntica coartada de modernización comenzaron a desarrollarse
técnicas científicas de tratamiento penitenciario que se fueron importando del entorno
capitalista desarrollado. Se decía de ellas que habrían de servir para alcanzar las
finalidades utópicas que contempla la justicia positiva -como puede verse el Estado
estaba aprendiendo a argumentar con explicaciones loables las cosas que hacía-
aunque lo sucedido fue que las nuevas técnicas complejizaron paulatinamente un
método de tratamiento que causó estragos desde su instauración, y que dicha
tendencia es una constante. Para consolidar y desarrollar el tratamiento el Estado
contó con la nueva casta de especialistas del tormento que comenzaron a entrar
entonces en las cárceles: educadores, asistentes sociales, psicólogos, juristas y otras
figuras hasta entonces inexistentes. Pero muy lejos de intentar siquiera la
rehabilitación de nadie, lo que pronto demostraron aquellos individuos es que habían
llegado a las cárceles para hacerlas aún más nocivas, algo que daba a las palabras del
Capitán Veneno un sentido más extenso y terrible.
Recapitulando: tras los cambios de los ochenta no sólo permanecía inalterable
lo esencial de las cárceles sino que se habían vuelto todavía más destructivas, siendo
lo más perverso que ésto se debía a una Mutación del Estado que le permitía dar una
imagen respetable de sí, sentando al mismo tiempo las bases del nuevo totalitarismo
fascistoide que hoy impera. Franco nunca hubiera podido conseguir algo así. La gran
novedad penitenciaria de aquel proceso fue que por primera vez el engaño había
logrado entrar en las cárceles de este país, y que debido a él muchas presas
comenzaron a tener problemas para darse cuenta de que sus carceleros siempre son
enemigos irreconciliables, y de que su verdadero fin es acabar con ellas tanto cuando
las golpean como cuando llaman diálogo a su monólogo inquisidor. Sin embargo se
habían visto deslumbradas por la salida masiva de1983, tentadas por la posibilidad de
obtener beneficios penitenciarios en forma de permisos de salida, y confundidas por
la palabrería de los equipos técnicos, así que comenzaron a mezclar sus deseos con la
realidad. Llegaron creer por ello que algo estaba cambiando, y no tuvieron todos los
recelos que les hubiera convenido tener hacia quienes les decían que su propio interés
era participar con espíritu positivo en el tratamiento penitenciario, y que habían de
confiar en los funcionarios y en la institución sin juntarse con otras presas para causar
problemas, etc. Mentiras que muchas acabaron creyendo porque en las cárceles, al
igual que en el exterior, la pelea que estaba ganando el Estado era la de una correcta
conciencia que permite diferenciar a las amigas de los enemigos.
Contra-reforma y reformas hasta la actualidad.
Desde 1983 hasta 1996 no se efectuaron grandes reformas aparte de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, pero es muy importante que este hecho no oculte que si
se produjeron profundos cambios en la forma de hacer del Estado, siendo éstos un
proceso reaccionario al que puede llamarse con todo rigor la contra-reforma. Hasta
entonces se había dado prioridad al cambio político y la promulgación de leyes que
sustituyeran a las del Régimen, lo que supuso que la tarea reformista recayese
fundamentalmente en el poder legislativo, pero una vez realizada ésta se decidió
retroceder desde puntos de apertura a los que se había llegado debido al empuje
social, y por miedo a que oponerse a él pusiera en peligro la Mutación del Régimen.
El legislativo podía ser un estorbo para una tarea así, aunque sin embargo no el marco
jurídico-político que se había creado a través de él que si preveía un supuesto tal, de
modo que el PSOE pudo gobernar imponiendo el ejecutivo a los otros poderes.
Desde mediados de los ochenta el gobierno instauró una forma de hacer que
consistía en vaciar de contenido leyes promulgadas recientemente, sin necesidad de
contar para ello con el legislativo, algo que afectó a casi todo lo legislado hasta
entonces. En ocasiones fue a base de decretos ley, amparado al hacerlo en aquella
mayoría que se llamó “el rodillo socialista”. Otras veces lo hizo desde ministerios y
direcciones generales, emitiendo éstos circulares restrictivas de derechos que habían
sido reconocidos por leyes orgánicas aprobadas en el Congreso. Y en algunos casos
mediante parte de un judicial que había sido instrumentalizado por la politización de
la judicatura, lo que convertía en partidarios del gobierno de turno a una mayoría de
los jueces, precisamente aquellos que dictaban unas sentencias que al interpretar el
significado de algunas leyes las dejaban irreconocibles. Son ejemplos de ello la
instauración desde la DGIP de un régimen penitenciario FIES (Fichero de Internos de
Especial Seguimiento) que vino a crear un nuevo grado penitenciario, endureciendo
los contemplados por el Reglamento Penitenciario sin necesidad de reformarlo.
También la re-formulación mediante sentencias judiciales de una LOGP tenida hasta
entonces por modélica, como la que dice que donde ésta establece que “los jueces de
vigilancia dispondrán lo que proceda en lo referente a los traslados de presos” lo que
en realidad hay que entender es que los jueces de vigilancia podrán pedir informes y
hacer recomendaciones al respecto, pero que los traslados son competencia exclusiva
de la DGIP. Un Juez de Vigilancia utópico a quien los carceleros no permitían la
entrada en la cárcel que estaba bajo su jurisdicción, el de Sevilla, se refería a esta
Sentencia en 1988 a modo de ejemplo de la forma en que se estaban desmantelando
las leyes más progresistas, y de que igualmente se estaban restringiendo así las
atribuciones de los jueces de vigilancia. Según afirmaba con amargura aquel hombre
lo que ponía en ella contradecía su conocimiento de la lengua castellana, al igual que
todo el derecho que había estudiado, abrumado como estaba ante la evidencia de que
lo que existía no era el imperio de la ley sino el de la voluntad de quienes gobiernan.
El ejecutivo se hizo autónomo y soberano con esta forma de actuar, y también
lo fue la DGIP respecto al legislativo y al judicial. Una situación ésta que se vino a
consolidar cuando la DGIP, que siempre había dependido del Ministerio de Justicia,
pasó a depender también de Interior con la unificación ministerial, quedando en
Interior cuando ambos ministerios fueron separados de nuevo.
Los controles judiciales siguieron existiendo nominalmente pero eran tan
ineficaces como ahora, algo que facilitó un tráfico fluido de directrices poco
confesables entre gobierno y DGIP. Igual que sigue sucediendo hoy los carceleros
pudieron falsear informes, y cometer un sinfín de irregularidades, sin el menor temor
a que se emprendieran acciones en su contra por ello. Cuando intervenía un tribunal
dictando una resolución inoportuna, algo que por diversas razones podía suceder
tanto entonces como ahora, tenían múltiples opciones para no cumplirla como
trasladar a la presa beneficiada por ella a un lugar donde no se pudiera hacer efectivo
lo acordado, crear algún problema que la perjudicara, etc. Hagan lo que hagan los
carceleros la última palabra acaba siendo siempre la suya, por más recursos judiciales
que se interpongan ante un desacato o irregularidad, pues el procedimiento obliga a
que todo tribunal precise de su informe para considerar un hecho como cierto. Se
garantiza así por ley que cuando el judicial obstaculiza el poder absoluto de la cárcel,
ésta puede sortearlo con absoluta impunidad, pues le basta con negar los argumentos
de la reclamante y fabular hechos inexistentes, apoyada al hacerlo en la capacidad de
crear verdad que la ley le concede y que imposibilita el control judicial efectivo.
Quiero hacer mención aparte de un caso vivido en primera persona, y que es
muy ilustrativo de los grados de autonomía alcanzados por la institución penitenciaria
y el ejecutivo. Es excepcional ya que se trata de una de las pocas ocasiones en que se
ha podido neutralizar relativamente la capacidad de producir verdad de la institución
penitenciaria, aunque a la postre ésto tampoco ha servido de mucho pues los
mecanismos internos del Estado la han hecho prevalecer de nuevo. El año 1992
solicité a la Audiencia de Zaragoza que refundiese las condenas que me encontraba
extinguiendo, varias sentencias menores que sumaban más de treinta años. La
Audiencia acordó refundirlas en una sola pena de dieciocho años, y lo notificó a la
cárcel donde me encontraba, pero allí no debió gustar mucho el que se redujera la
pena a una persona que no cesaba de crear problemas así que no me informaron del
acuerdo, ni lo anotaron en mi hoja de cálculo, algo que en teoría no debería ni podría
hacer la institución que se encarga de dar cumplimiento a los mandatos de jueces y
tribunales. Hubieron de transcurrir 17 años para que casualmente supiéramos lo
sucedido, y que debido a ello había permanecido cinco años en una situación de
prisión indebida. Pero cuando la Audiencia Nacional me puso en libertad por esta
razón en 2009, ordenando que se efectuase una liquidación de condena que reflejara
que se me había retenido indebidamente durante aquel tiempo, la cárcel siguió
considerándose igual de impune que siempre, incluso tras haberse descubierto una
anomalía como la dicha. Por ello no me facilitó la liquidación de condena que diese
cuenta de la irregularidad, aunque en este atrevimiento hay algo más que otro osado
desacato de Sentencia por parte de la cárcel, cosa de la que nos hemos enterado tras
presentar la reclamación de daños y perjuicios por lo ocurrido. El Estado nos ha
respondido a la reclamación que no ha lugar porque la hemos cursado fuera de plazo,
y aunque está documentado que quien no cumple los plazos ni la Sentencia es la
cárcel -y que por esta razón no pudimos presentar antes la reclamación- se apoya en
la más que sospechosa verdad producida por la cárcel para hacer su voluntad,
demostrando así que todo lo sucedido se debe a un ejercicio consciente de poder
absoluto que desprecia a las personas, el derecho y la verdad.
La forma de hacer descrita tuvo y tiene su complemento necesario en esa parte
del plan ZEN (Zona Especial Norte) que se refiere a los medios de comunicación.
Siguiendo la consigna de silenciar algunos hechos y difundir aquellas informaciones
que les filtra directamente el Estado, tuvieron un papel muy importante en la creación
de corrientes de opinión, tanto dentro como fuera de las cárceles. Cuando el Estado
quiso dar vueltas de tuerca a la represión en las cárceles, como por ejemplo con el
endurecimiento brutal del régimen FIES en 1990, los medios de comunicación
bombardearon a la población con noticias que describían a las presas como seres
abominables, siendo lo cierto que muchas de aquellas noticias se habían inventado
por completo, que otras se habían cocinado, y que no dijeron jamás que las presas son
unos de los seres más desvalidos entre la población de este país. El mismo papel
desempeñaron difundiendo noticias referentes a la reforma total del Código Penal,
que por más años que pasaban nunca se efectuaba. Cuando el Estado quería quitar
presión en las cárceles, daban cuenta de los sucesivos anteproyectos que hubo de ella.
Si no lo conseguía y se producían conflictos, entonces decían que la reforma se estaba
viendo frenada por la conflictividad en las cárceles, causando así una dialéctica entre
presas que llegó a tener consecuencias fatales para ellas, etc.
Debido a las aludidas prácticas los niveles de conciencia de las presas fueron
retrocediendo paulatinamente durante aquellos años, y así continúa sucediendo,
aunque no sólo los medios de comunicación y la entrada de los aparatos de televisión
en las cárceles son los responsables de ello. La técnica individualizada, múltiple y
compleja incluye prácticas tradicionales como provocar discordias entre las presas, el
someterlas a malos tratos, o propiciar que las epidemias del SIDA y la hepatitis se
expandieran por las cárceles. Pero también otras más evolucionadas, como
maquiavélicos planes de actuación diseñados por psico-pedagogos, sociólogos, sub-
directores de seguridad y juristas, cuyas consecuencias son siempre desastrosas.
Asimismo métodos tan perversos como facilitar a las presas toda clase de
psicotrópicos para mantenerlas calmadas, o la entrada masiva de la metadona en las
cárceles en el año 1995 con idéntica finalidad. Que sean numerosos los daños y
muertes ocasionados por estas actuaciones, o que a consecuencia de las drogas se
produzca un espantoso deterioro de las personas, no sólo carece de importancia sino
que se trata de algo muy coherente con la verdadera finalidad destructiva de la cárcel.
Con un tratamiento como el descrito es fácil comprender porque casi no hubo
luchas dentro de las cárceles para forzar las reformas del Código Penal y el
Reglamento de 1996, así que cuando se realizaron no beneficiaron a casi nadie. Antes
de entrar en vigor el nuevo Código los medios de comunicación habían estimado que
propiciaría la salida de unas 13.000 personas, aunque cuando lo hizo sólo salieron
400 y se agravaron las penas, además de suprimirse la posibilidad de su reducción
mediante la redención de penas por el trabajo. Quienes más expectativas tenían, las
presas con largas condenas pendientes de refundir y por tanto las más castigadas por
el tratamiento, fueron las más frustradas de todas. Un Partido Popular que se había
opuesto a la reforma en todo su tránsito parlamentario hubo de aplicarla tras ganar las
elecciones de 1997, pero al hacerlo movió todos los resortes del poder para anular las
modificaciones de ley que hubieran posibilitado las liberaciones barajadas, entre ellas
los artículos que regulan las refundiciones de penas. Una vez más el PSOE había
legislado al gusto de la derecha y le dejó la puerta abierta para que pudiera recortar
una ley aprobada por las cámaras. Y también una vez más lo que menos había
importado a los políticos era la clamorosa situación de las presas.
Tras las reformas de 1996 llegó la modificación del Código Penal de 2003, otra
vuelta de tuerca más en una misma tendencia represora. Se amplió con ella la
duración de las penas hasta los 40 años, con el cumplimiento íntegro de las mismas,
algo que no se conocía en este país ni en aquellos casos en los que se conmutaba la
pena de muerte. También puso más dificultades de las existentes para acceder a los
regímenes penitenciarios abiertos. Mientras que el sistema carcelario no ha cesado de
hacerse más complejo, incorporando nuevos medios de control que vulneran la
legalidad, y desarrollando técnicas de tratamiento cada vez más agresivas. Pero si
queremos saber qué son y qué se pretende con esas técnicas y medios, tenemos una
respuesta bastante clara en el título preliminar de la reforma del Código Penal de
diciembre de 2010. Se dice en él que pretenden -y así lo ratificaba Alfredo Pérez
Rubalcaba en los medios- la inocuización del delincuente. Un Sistema que produce
su propia realidad acuña también sus propios términos, pero conociendo la naturaleza
criminal de las cárceles, la imposibilidad de su reforma, y qué se ha estado haciendo
en ellas cuando se decía que perseguían la reinserción del delincuente, produce
auténtico espanto qué pueden entender el Estado y sus lacayos por inocuización.
La ley es el crimen, el Sistema el criminal, y la cárcel su arma
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