El extendido tópico de que en España los presos entran por una puerta y salen por otra ni es cierto ni se sustenta en ninguna cifra oficial. Es el país de la UE con la tasa de encarcelamiento más alta y, por el contrario, de los que tienen menor índice de criminalidad: 20 puntos por debajo de la media'. Varias razones explican esta paradoja: la dureza de las penas para los delitos habituales -robo y tráfico de drogas-; el continuo endurecimiento del Código Penal y la incorporación de nuevos delitos; la imposibilidad de redimir condena y la cicatería del Estado para conceder la libertad condicional.
extraído de tokata.ateneoalmargen.org
"Las prisiones españolas están llenas de pobres, enfermos y drogadictos.
Suman más del 70%. La cárcel se está convirtiendo en el único recurso
asistencial y esa no es su función". Mercedes Gallizo, secretaria general de
Instituciones Penitenciarias lleva años recordando la función resocializadora
que debería tener la cárcel, pero admite que ese principio constitucional está
cada día más lejano.
El Código Penal de 1995 originó un aumento de la población penitenciaria
que llena a un ritmo acelerado las nuevas cárceles. Hace tres años había 63.800
presos. Ahora son 76.485. La tasa de encarcelamiento se sitúa en España en
166 reclusos por 100.000 habitantes, por delante de Gran Bretaña (153) -que
siempre había encabezado la lista- Portugal (104), Francia (96) e Italia (92). Sin
embargo, la tasa de criminalidad (infracciones penales por cada mil
habitantes), es una de las más bajas de los Quince. La relación del año 2008 la
encabeza Suecia (120,4), seguida de Reino Unido (101,6). En España es de
47,6, por delante solo de Grecia (41,2), Portugal (37,2) e Irlanda (25,2).
"Hace ya muchos años que se constata que la tasa de encarcelamiento no
guarda relación con la criminalidad, sino con la política penal. Lo que ocurre
en España no es que los jueces metan a más gente en la cárcel, sino que pasan
mucho tiempo", dice José Luis Díez Ripollés, catedrático de Derecho Penal de
la Universidad de Málaga y director del Instituto Andaluz de Criminología.
El delito principal que han cometido más del 40% de los penados (22.416
reclusos) fue contra el patrimonio y el orden socioeconómico, según los
define el Código Penal. En lenguaje más inteligible: robos, tirones y atracos.
"Depende de cómo sea el tirón se puede castigar hasta con cinco años. ¿Debe
ir a la cárcel esa persona si ha delinquido por primera vez?", se pregunta
Eduardo Navarro, magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia de
Barcelona, con 20 años de experiencia, 17 de ellos en juzgados de instrucción.
"La sociedad no entiende que no sea así. Los incidentes que he tenido como
juez han sido por no enviar a alguien a la cárcel", afirma.
Díez Ripollés ratifica que algunas penas son desproporcionadas. "No es
razonable que un delito urbanístico se castigue con un máximo de dos años de
cárcel, lo mismo que un hurto agravado, porque al final siempre acaban en la
cárcel los mismos". Es el inicio de una tela de araña en la que queda atrapado
el preso y que él ayuda a tejer en muchas ocasiones, pues los índices de
reincidencia se sitúan entre el 40% y el 70%.
El perfil del recluso español apenas ha variado con los años. Es un hombre,
de 30 a 40 años y condenado por robo o tráfico de drogas. Las reclusas
suponen el 8% del total de la población. La mayoría están condenadas por
tráfico de drogas (48,4%).
El llamado Código Penal de la democracia de 1995 que impulsó el ex ministro
de Justicia Juan Alberto Belloch eliminó la redención de pena por trabajo o
estudio y estableció el cumplimiento íntegro. Eso significa que la mayoría de
las condenas se pagan "a pulso", en lenguaje carcelario, y que se aplica en muy
pocas ocasiones la secuencia lógica en la vida penitenciaria: prisión preventiva,
segundo grado, permisos, tercer grado, libertad condicional y libertad
definitiva.
Siete de cada diez penados están en segundo grado, y así pasan la mayor parte
de su estancia entre rejas, sin lograr permisos. Solo el 15,1% cumple condena
en régimen abierto, y los que logran la libertad condicional suponen el 11%.
"Es totalmente innecesario estar tanto tiempo en la cárcel. El cumplimiento
íntegro no es bueno desde ningún punto de vista porque aumenta la
reincidencia", sostiene José Cid, profesor de Derecho Penal de la Universidad
de Barcelona, que ha analizado el fenómeno en el libro El incremento de la
población reclusa en España entre 1996 y 2006.
El abogado madrileño José Luis Galán lleva en la profesión más de 35 años y
sigue en el turno de oficio. Tiene claro que la situación se hace cada más vez
insostenible y que urge un cambio legislativo en sentido contrario al
incremento punitivo de los últimos años. "Lo que no se puede hacer es buscar
el aplauso fácil. No siempre se legisla para sacar votos, porque, si no, no
habría impuestos. Hay que cambiar las normas que se aplican para que la
cárcel sea el último recurso, no el primero y único", asegura. A renglón
seguido reprocha al PSOE la aplicación de una política punitiva que, de
manera sustancial, coincide con la del PP. "La izquierda se ha abonado a la
chita callando a esa política represora. Cuando no se ha puesto al frente de la
procesión, ha ido detrás con el capirote y gran mansedumbre".
Galán también cuestiona que algunas conductas estén tipificadas como delito.
"Diga lo que diga el Tribunal Constitucional, es disparatado que las amenazas
del marido a la esposa sean delito. Y con la última reforma sobre seguridad del
tráfico se han pasado". Ahora hay en España 3.721 presos penados cuyo
delito principal es de violencia doméstica, desde un asesinato -una minoría-, a
lesiones o amenazas. También hay 816 reclusos por delitos al frente del
volante.
"La delincuencia patrimonial de escasa importancia no es razonable que se
castigue con penas que comportan la entrada en prisión", dice Díez Ripollés.
Con tres matices: que sean delitos graves, que los cometan reincidentes o altos
sectores de la sociedad. "A esos solo se los puede intimidar con la cárcel",
afirma el jurista. Y es que los delincuentes de cuello blanco que acaban entre
rejas son una excepción. Casi nadie discute el efecto ejemplarizante que eso
causa en la sociedad, aunque tarden en entrar porque pagan mejores abogados
y agotan todos los recursos, muchas veces con el beneplácito de los tribunales.
"El Código Penal es duro con el débil y débil con el duro", asegura Díez
Ripollés. "Los tribunales tienden a ser más comprensivos con determinados
delitos porque la ley es interpretable", opina la abogada barcelonesa Lidia
Lajara, con 16 años de experiencia como penalista. "Hay muchos tipos de
jueces y sería injusto no reconocer que muchos creen en la rehabilitación y
apuestan por ella", dice José Cid. Lo que ocurre es que las administraciones no
les ofrecen la posibilidad de imponer medidas alternativas. "Hay que decir que
los jueces de Cataluña somos unos afortunados y que sí podemos imponer
penas al margen de la cárcel de las que en otras comunidades no han oído ni
hablar", dice el juez Navarro.
"Otra política criminal es posible", afirma el catedrático Díez Ripollés, y las
penas alternativas para delitos menores son un ejemplo. Ayudarían a
descongestionar las prisiones y reducirían el gasto público. Una medida así
cuesta 3,05 euros diarios, y el coste de un preso es de 78,29 euros al día, según
un estudio de la Generalitat catalana, la única comunidad con competencias en
prisiones.
"No se puede dejar de castigar al delincuente, pero sin tanta dureza y
aplicando las políticas que ya han dado resultados en otros países", dice Díez
Ripollés. Como en Finlandia, recuerda, que a principio de los ochenta tenía
una de las tasas de encarcelamiento más altas de Europa y ahora está a la cola.
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